La comarca

 He sacado este texto de unos protocolos notariales que a continuación se cita. Recoge la historia de nuestra comarca. Consta de sólo 7 páginas. Con la ayuda de estos datos se puede conseguir información de nuestra pequeña aldea, help.

PROTOCOLOS NOTARIALES
DEL
CONDADO DEL PORMA
Y
CONCEJO DEL VALLE DEL CURUEÑO

Gregorio Boixo
© año 2001



          Protocolo: Es la ordenada serie de escrituras y otros documentos que un notario o escribano autoriza y custodia. Esta custodia es limitada en el tiempo, pues al cabo de unos 100 años todos estos documentos pasan a ser de dominio público en los Archivos Históricos Provinciales donde se clasifican y guardan para consulta y estudio de las generaciones venideras, como es el caso de los que ahora vamos a comentar. Por lo tanto todos estos protocolos notariales aquí expuestos tienen más de 100 años; los últimos son de 1848 y el primero data de 1670.
          Durante estos casi 200 años existió una notaría en Vegas del Condado, por ser villa de la Jurisdicción del Condado del Porma y Concejo del Valle del Curueño, lugares ambos en que ejerció su cometido. Otra notaría había entonces en la villa de Boñar y en Vegaquemada para aquel valle, y las de León para la Hermandad de la Sobarriba, además de la de Rueda en tierras del Almirante de Castilla, al este del Porma.
          Así estaba establecida en aquellos siglos la Administración de Justicia en esta zona, hasta que en 1836 se disuelven estas antiguas jurisdicciones en virtud de la Constitución de Cádiz de 1812 y se crean los actuales ayuntamientos, partidos judiciales y provincias que han llegado hasta nosotros.

          Durante los tiempos anteriores a nuestro siglo XX estos pueblos sufrieron muchas vicisitudes en su nacimiento y desarrollo: todos nacieron a finales del siglo X y primeros años del XI en los lugares en que hoy los conocemos, pero otros varios desaparecieron al poco de nacer y sólo tenemos noticias de ellos a través de referencias históricas, como San Salvador de Villafría, Villarejo, Villaverde, etc.. En un principio eran meras comunidades de aldea integradas por unas pocas familias que, en muchos casos, fueron fundadas al amparo de un monasterio o una ermita, por un noble, un magnate o por el rey, formando abadengos, señoríos, condados, realengos...
          Los pueblos, creados bajo en patrocinio del rey para la repoblación de las tierras conquistadas a los árabes, gozaron al principio de cierta independencia y privilegios, conservando el título de realengo; pero pronto fueron moneda de cambio, sobre todo en los tiempos de los Trastámara de los siglos XIV y XV para agradecer a los nobles sus servicios prestados a la Corona, concediéndoles grandes extensiones de terrenos y pueblos enteros para su disfrute y aprovechamiento, e inclusive se les autorizaba a que se apropiaran de lugares baldíos, incultos o sin dueño y fundaran foros, censos...
          Este debió ser el momento en que la familia del Guzmanes se vio favorecida por el rey con la donación de las riberas del Porma y Curueño. Aquí en Vegas, con pueblos limítrofes del Porma, fundaron su "Condado del Porma" y aquí mismo erigieron en la villa un palacio-castillo en 1450 para morada suya y gobierno de sus múltiples posesiones. Estas posesiones comprendían todos los pueblos del Concejo del Valle del Curueño: desde La Cándana, Sopeña, Pardesivil, La Mata, Santa Colomba, Gallegos, Barrillos, hasta Barrio, Devesa y Ambasaguas. Los pueblos de la Jurisdicción del Condado eran: Vegas, Villanueva, San Vicente, Villafruela y su anejo Moral y Villarratel. Cerezales pertenecía entonces a la Jurisdicción de Rueda del Almirante. Castro, Santa María, Villamayor, Represa, Secos y Castrillo estaban integrados en la Hermandad de la Sobarriba y pertenecían a la Jurisdicción de León.
          San Cipriano fue fundado en el siglo X a la sombra del monasterio benedictino el San Ciprián de Porma. Este monasterio tuvo una vida efímera en S. Cipriano porque enseguida se integró en el de Santiago de León, pero sus múltiples casas, tierras, viñas, montes, prados, fuentes, pasaron a ser propiedad del obispo de León, quien las conservó y fue vendiéndolas en condiciones muy ventajosas a los colonos hasta que las últimas las perdió con la desamortización de Mendizábal en 1835.
          El pueblo y monte de Membrillar fueron patrimonio del monasterio cisterciense de Villaverde de Sandoval hasta el 3 de Septiembre de 1844 en que Juan Bustamante adquiere el monasterio en subasta por 257.000 reales durante la desamortización.

          En los años 50 del siglo XV los Guzmanes se hicieron dueños del Señorío de Vegaquemada, incluidos los montes de Valderrodezno y Carrizal, propiedad entonces del monasterio de San Pedro de Eslonza. Por aquellas fechas Cerezales y Villamartín pertenecían a Don Diego Fernández de Aller, de la familia de los Quiñones, y primer Conde de Luna, quien en 1450 permuta con los monjes de San Pedro de Eslonza estos dos pueblos con sus vasallos, tierras, pastos, cotos, por el citado Señorío de Vegaquemada y montes de Valderrodezno y Carrizal, con sus pueblos de Villaverde y Cereimado, incluidos en estos lugares de Valderrodezno y Carrizal.
          Años después Doña Juana de Quiñones, hija de D. Diego Fernández de Aller, se casa con D. Ramiro Núñez de Guzmán y Osorio, señor ya del Condado de Porma, del Valle del Curueño y Boñar, Marqués de Toral, etc. De esta forma los Guzmanes completaron por el sur su patrimonio del Valle de Boñar con el del Condado del Porma.
          Parece ser que a los Guzmanes les agradó mucho el enclave de Vegaquemada pues enseguida erigieron allí una gran casa solariega con sus múltiples dependencias, que en parte aún existen. Al mismo tiempo constituyeron a Vegaquemada en cabeza de merindad, que comprendía también Palazuelo al norte y Candanedo, Lugán, Valderrodezno y Carrizal al sur, dotándole de jurisdicción propia con su administración de justicia y notaria; como ya tenían por entonces esos mismos servicios Boñar y Vegas.
          Por lo que nos dicen los protocolos de Vegas, Valderrodezno y Carrizal recayeron bajo la administración de Vegas, quizá porque estaban más próximos a esta villa que a Vegaquemada. Tengo que aclarar que hasta aquí sólo se ha denominado a los parajes de Valderrodezno y Carrizal con los nombres con que hoy los conocemos para mejor entendernos, pero en aquella época se llamaba Villaverde al monte de Valderrodezno, por ser éste el nombre de un pueblo que existía en aquel paraje, situado cerca de la carretera actual y la altura de las casas que hay al otro lado del río. En medio del Carrizal (Karizeto) había otro poblado llamado Ceiramedo o Zalamedo, también desaparecido y que no tiene nada que ver con las casas actuales, edificadas a mediados de los años 40 del siglo XX para albergar a los colonos que se encargaron de desmatar, carbonear el roble, roturar y cultivar las fincas que hoy integran ambos lugares. Estos nombres antiguos de pueblos aparecen repetidas veces en los protocolos de Vegas por ser propiedad de los Guzmanes, Marqueses de Toral, de Los Frías, Uceda, etc..
          También aparecen nombres de pueblos que ya no existen: San Salvador de Villafría, que estaba situado en el lugar que hoy ocupa el Polideportivo Municipal en las eras de Villanueva.
          Villarejo era otro poblado al lado de la ermita de igual nombre, también llamada de las Mercedes desde el siglo XVI. Los habitantes se fueron a vivir a San Cipriano, pero allí dejaron sus fincas, su iglesia, hoy ermita, y sus posesiones; patrimonio hoy de los vecinos de S. Cipriano
          San Juan de Villavirtud existió al menos hasta el siglo XIV y estuvo anexionado a S. Cipriano. Estaba situado al noroeste de este pueblo, entre Villamayor y Villanueva y a unos 3,5 kilómetros al sudoeste de Santa María, en el valle de Villaescusa y no lejos de la "Fuente de la Virtud" y en el paraje de "Los Alamos".
          A unos 3 kilómetros al noroeste de Santa María existió San Lorente, situado en el valle de Valdelorio.
          Villoria fue otro poblado perteneciente al monasterio de San Pedro de Eslonza, situado en el valle de igual nombre.
          Durante estos dos siglos que estamos contemplando en estos protocolos, el pueblo de Moral no tenía entidad propia porque estaba despoblado y era un anejo de Villafruela y feudo de los Marqueses de Toral. Se reprobó de nuevo a finales del XIX
          Tenemos indicios de que existieron otros lugares habitados por algunos monjes, eremitas, iglesias o ciertas aldeas, pero no están bastante documentados para citarlos.

          Hasta aquí queda expuesto el mapa o área geográfica de nuestra zona en aquella época, pero hay en ella otro aspecto que nos interesa tanto o más que aquella.
          Esta comarca nuestra la habitaban personas con sus intereses económicos y preocupaciones sociales, morales y religiosas. Aquellas aldeas primitivas del siglo X y XI se constituyeron en concejo abierto para gobernarse y administrar los bienes comunales que afectaban a todos ellos. Estos bienes eran mucho más importantes que las pocas fincas que cada familia podía cultivar para sí. De aquí surgió la figura de Concejo (hoy Junta Vecinal) que se encargó de regular la administración y disfrute de estos bienes, así como de la convivencia habida entre sus vecinos, plasmando detalladamente sus obligaciones y derechos de cada cual en las minuciosas ordenanzas locales que han llegado hasta nosotros.
          Pero estos pueblos, considerados de realengo, no vivían del todo independientes pues eran tributarios del rey, de quien dependían y a quien pagaban sus alcabalas reales, servicios ordinarios y demás cargas. Al mismo tiempo eran gente muy religiosa, celosos de conservar su fe, por lo que simultáneamente a sus casas erigieron su iglesia, capilla o ermita; fundaron enseguida sus cofradías, capellanías y comunidades y dotaron de recursos al sacerdote o párroco para que les atendiera en sus necesidades espirituales. Los mismos reyes donaban a las parroquias ciertos terrenos para subvenir a sus necesidades y era frecuente que los mismos feligreses, al final de sus días, testaran a favor de la parroquia o cofradía sus propiedades "para la remisión de sus pecados y lograr la vida eterna". Esta práctica originó que, al transcurso de los años, el clero acumulara un gran patrimonio territorial, puesto de manifiesto en estos protocolos notariales. Al mismo tiempo el clero gozaba de varios privilegios; como los diezmos, primicias, censos, votos etc.

          Al cabo de muy pocos siglos, muchos de estos pueblos perdieron su relativa independencia y categoría de realengo porque el rey quiso premiar a los nobles sus servicios prestados a la corona en la guerra de la Reconquista otorgándoles tierras y derechos sobre pueblos y comarcas enteras.
          Al mismo tiempo estos mismos nobles se aprovechaban de su situación para apropiarse de muchos terrenos baldíos o comunales, y sobre todo de imponer su administración de justicia y su sistema tributario, lesivo y afrentoso para sus, ya no, súbditos, sino vasallos.
          Este es caso que se dio con la llegada de la noble familia de los Guzmanes, Marqueses de Toral, a nuestras tierras en el S. XV, fundando aquí el Condado de Porma y su administración sobre este valle y el del Curueño, como veremos a continuación en estos protocolos. Hasta tal punto es esto cierto que uno duda, a veces, si a los notarios de Vegas los nombraba la Casa de Toral para proteger aquí sus intereses, o los nombraba la Administración de Su Majestad el Rey para el servicio de todos los ciudadanos, puesto que la inmensa mayoría de las escrituras aparecen encabezadas por alguno de aquellos nobles.

          Parece ser que el fundador de la Casa de los Guzmanes en Vegas fue D. Gonzalo de Guzmán, con los títulos de Señor de Guzmán, Aviados, Toral y Valle de Boñar, casado con Doña María Osorio, hija de D. Pedro Alvarez Osorio, primer Conde de Trastámara, que vivió en tiempos de Juan II y Enrique IV y que fue el fundador del castillo-palacio de Vegas en 1450. Su hijo Ramiro Núñez de Guzmán y Osorio, Señor de Guzmán etc., emparentó con la familia de los Luna al casarse con Doña Juana de Quiñones, hija del primer conde de Luna D. Diego Fernández de Aller, como queda dicho arriba. Pero como estas familias eran tan elitistas, años después, una sucesora de los Guzmanes, Isabel de Guzmán y Guzmán, casó con el 7º Duque de Frías D Bernardino Fernández de Velasco, y así sus sucesores y colaterales fueron emparentando con los Duques de Uceda, de Medinasidonia y otros, cuyos nombres aparecen en estos documentos notariales como dueños de las posesiones que tenían en estas tierras.
          No parece que ninguno de estos nobles haya vivido estable en el castillo-palacio de Vegas en estos siglos, por lo menos después de 1521 en que Carlos I derribó parte de este castillo para vengarse de los Guzmanes, partidarios de los Comuneros. Como todos los nobles, éstos debieron irse al lado del Rey a buscar sus prebendas y favores, y para administrar sus posesiones, rentas, foros y censos en León, nombraron a su Administrador General del Estado y Marquesado de Toral con residencia en la capital. Ya D. Ramiro Núñez de Guzmán en 1503 había nombrado a Diego Flórez de Salamanca como "... mi secretario y escribano público de mi Condado de Porma e de los Valles de Curueño y Boñar...". Los últimos descendientes de esta familia tenían en Vegas su Administrador General de la Excmª. Duquesa de Frías, Medinasidonia y viuda de los Marqueses de Toral, etc. Ese cargo lo ocupó en la segunda mitad del S. XIX el vecino de Vegas D. Felipe Tejerina, quien en el amillaramiento municipal de 1865 figura como el mayor propietario de Vegas, tanto en riqueza rústica y ganadera como en urbana; pues él tenía la mejor casa del pueblo, en la calle de la Botica, hoy nº 6 y 8, construida quizá por él hacia 1860.
          El último notario de Vegas fue Rafael Lorenzana, ya también Alcalde Constitucional del Ayuntamiento, quien firma como notario por última vez en 1848.

          Pero estamos ya a mediados del siglo XIX y en el que, en estos primeros años, cambiaron radicalmente las circunstancias. Comenzó el siglo con la Guerra de la Independencia; en 1812 se promulgó la Constitución de Cádiz y pocos años más tarde sobrevino la Desamortización de Mendizábal. Todo ello dio lugar a la conclusión del Antiguo Régimen y con él a la supresión de los señoríos jurisdiccionales, la abolición del régimen feudal y de los mayorazgos, censos, foros, etc. y a la desvinculación y amortización de los señoríos eclesiales y civiles; y en 1836 a la división de España en provincias, partidos judiciales, y en los actuales ayuntamientos.
          Este es el momento en que la Diputación de León, en virtud de los artículos 309 y 310 del Capítulo I del Título VI de la Constitución de Cádiz, procede a configurar los actuales ayuntamientos. Al de Vegas le asigna, entre otros, los pueblos que ya tenía en la Jurisdicción anterior del Condado: Vegas, Villanueva, S. Vicente, Villafruela y el despoblado de Moral; Villarratel se desvincula de Vegas y pasa al ayuntamiento de Gradefes. Cerezales deja de pertenecer a la Jurisdicción de Rueda y se integra en Vegas. Castro, Sta. María, Villamayor, Represa, Secos y Castrillo ya no pertenecen a la Hermandad de la Sobarriba y pasan al ayuntamiento de Vegas, conservando los dos últimos la denominación " de Porma", que ostentan aún hoy.
          San Cipriano había nacido en el siglo IX a la sombra del monasterio de San Ciprián; pero al desaparecer éste a finales del S. X, sus múltiples posesiones pasaron al señorío del obispo de León, quien las fue vendiendo a los colonos y las restantes las perdió con la desamortización, por lo que también desapareció el señorío y con ello el pueblo de San Cipriano se integró en el de Vegas. Y así quedó confeccionado el ayuntamiento con sus 13 pueblos actuales: Cerezales, Vegas, Castro, Santa María, Villamayor, Represa, Villanueva, San Cipriano, Moral, San Vicente, Villafruela, Secos y Castrillo.
          Pero al mismo tiempo la notaria y administración de justicia de Vegas pasaron a formar parte del Partido Judicial de León, quedando aquí un Juzgado de Paz y un Registro Civil.

          Ahora sólo nos queda recrearnos con la lectura de tantos protocolos emitidos por la notaria de Vegas durante estos casi 200 años. Los originales se conservan en el Archivo Histórico Provincial de León en sus cajas correspondientes; pero hace unos años el alcalde Moisés García Jalón los mandó fotocopiar y encuadernar en dos tomos voluminosos, que obran en el Ayuntamiento y son a los que el autor ha tenido acceso para hacer este trabajo de síntesis; pues no es otro el objetivo de resumir en unas pocas líneas tanta literatura legalista y farragosa de que se compone cada protocolo; que todos juntos suman 838 folios manuscritos a una sola cara. La extensión de cada uno de ellos se puede apreciar por el número de folios o páginas que comprende.
          El tomo I empieza en el año 1670 y termina en 1780 y se compone de 398 folios. El tomo II da comienzo en 1774 y finaliza en 1848 y lo integran 440 folios o páginas.

          Para aclarar algunos conceptos de medidas, capacidades, pesos y monedas que aparecen en estos escritos y que ya no están en uso, conviene saber que:
          En dinero la unidad más común era el real de vellón, que tenía 34 maravedís. El Ducado era igual a 11 reales ó 375 maravedís y el Escudo valía 450 maravedís. El Doblón comprendía 60 reales de vellón. Un labrador ganaba entonces -el día que trabajaba- 4 reales; un tejedor 5 reales: Una pareja de bueyes valía 220-300 reales, una vaca de vientre 100 a 150 reales, un asno 20 ó 30, una oveja o cabra 10 y una gallina que no haga Pi ni Clo (sic) -que no sea pollita ni gallina vieja y clueca- valía dos reales. El animal más caro era la mula joven, que alcanzaba el precio de 500 reales; tanto como las utilidades anuales (según el Catastro del Marqués de la Ensenada) de un herrero, sastre o tejedor. La peseta se estableció en 1868.
          En medidas de capacidad se usaba la hemina (con rasero), que contiene 18 litros o kilos de un género que tenga de densidad uno (la densidad del agua); la de trigo bueno, seco y limpio pesa unos 15 kilos y menos la de centeno, cebada y avena. Una fanega son 3 heminas, y 12 heminas hacen una carga. Una hemina tiene 4 celemines y éste 4 cuartillos.
          Para las medidas agrarias o de superficie se empleaba también la hemina; que es la superficie que se siembra con una hemina de trigo en un cultivo agrícola normal. Si es de regadío comprende 628 centiáreas y en secano 939 centiáreas; porque en el primer caso se siembra más espeso o denso que en el segundo. Tiene sus múltiplos, como es la fanega y la carga, y submúltiplos el celemín y el cuartillo, como ocurría con las medidas de capacidad. Una "quarta" de viñedo tiene una superficie aproximada de una hemina de secano y comprende 125 cepas, que con un normal cultivo en buena tierra produce 2 cestos carriegos de uva y cada carriego da 2 cántaras de mosto.
          Para medir el vino se usaba la cántara o cántaro, que equivale a 16 litros u 8 azumbres; así 2 litros hacen un azumbre y medio litro un cuartillo.
          En las medidas de peso la unidad era la libra, que equivale a 450 gramos u 16 onzas; una onza pesa 28,75 gramos. Para pesos mayores se empleaba la arroba, que era igual a 25 libras u 11,5 kilos.
          Para las medidas de longitud se usaba el pie, que es igual a 28 centímetros; la vara que hace 836 milímetros y la legua terrestre que son 5,5 kilómetros. Para el paso del ganado trashumante estaba en vigor la Cañada Real, que tiene de ancho 75 metros o 90 varas, el Cordel de 37 metros o 45 varas y la Vereda de 21 metros o 25 varas.


CANDANEDO DE BOÑAR 1 en la prov y dióc de León part jud de La Vecilla aud terr y cg de Valladolid ayunt de Vegaquemada SIT ala márg izq del río Boñar ó Porma en la ladera de una sierra de poca elevación su CLIMA es bastante sano Tiene iglesia San Vicente Mártir aneja de Vegaquamada Confina N y E las Arrimadas S Lugan y O Vrgaquemada á media legua el mas distante El TERRENO participa de monte y llano es de mediana calidad y le fertilizan las aguas del indicado Boñar Los montes están cubiertos de roble y otros arbustos Los CAMINOS locales PROD cereales lino y pastos cría ganados y alguna caza y pesca POBL 8 vec 36 alm CONTR con el ayuntamiento

Diccionario Geográfico estadístico histórico de España y sus posesiones de ultramar. Pascual Madoz, 1849. Tomo V.


Ramiro Nuñez de Guzman señor de Toral y Aviados el cual casó con Da Juana de Quiñones hija de D Diego Fernandez de Quiñones primer conde de Luna y de D Juana Enriquez su muger y tuvo á Gonzalo de Guzman señor de Toral Aviados Valle de Curueño y Montañas de Bonar de cuyo matrimonio con Da Isabel de Rojas y Acuña hija de D Juan de Acuña señor de Pajares y Requena caballero de la órden de Santiago y castellano de Perpiñan y de Da Anade Rojas su segunda muger nacieron D Gonzalo señor de Toral y Aviados caballero de la órden de Santiago y Da Mariana de Guzman y Rojas que casaron con primos suyos de quienes se hablará. http://books.google.es/books?id=Eic-AAAAcAAJ&pg=PA165&dq=nu%C3%B1ez+de+guzman+ramiro&hl=es&ei=B6dETNGMEpP84AaTk-yjDg&sa=X&oi=book_result&ct=result&resnum=2&ved=0CCwQ6AEwATgK#v=onepage&q=nu%C3%B1ez%20de%20guzman%20ramiro&f=false

El escudo

He encontrado este escudo de Candanedo, su significado no se cual es pero, por el león rampante mirando a la derecha, supongo que puede pertenecer a algún lugar de León con el nombre de Candanedo.